La sentencia condenatoria se conoció este mediodía con la lectura del extracto del fallo, que se extendió por unos 40 minutos, en una audiencia pública a la que asistieron los padres de la víctima fatal, familiares y amigos, y que no contó con la presencia ni de la abogada defensora ni del imputado Aponte. El TOC le permitió a los medios grabar y tomar nota de los acontecimientos en la sala, con la presencia de DataTrenque, Canal 12, Diario La Opinión, La Batidora de FM Música y Canal Lago Visión de la ciudad de Guaminí.
En la sentencia se estableció que por ahora Aponte siga en libertad cumpliendo con un estricto régimen de control en la ciudad cordobesa de Malvinas Argentinas donde reside en la actualidad, con asistencia semanal a la comisaría de su zona, sin la posibilidad de cambiar de domicilio y bajo la tutela del Patronato de Liberados, entre otros requisitos.
La pena es de efectivo cumplimiento tras las rejas pero las garantías procesales le otorgan este beneficio de la libertad a Aponte hasta que la sentencia quede firme. Es que la defensa aún tiene 20 días para apelar la condena y si lo hace el proceso deberá seguir abierto hasta que lo resuelva la Cámara de Garantías y Apelaciones de Trenque Lauquen (integrada por los jueces Guillermo Glitz, Jorge Juan Manuel Gini y Rafael Paita), y eventualmente a la Suprema Corte bonaerense, en un recurso extraordinario. Será cuando ya no haya más escalones, y si se mantiene el fallo de primera instancia, cuando Aponte deba ir a la cárcel.
El juez Gutiérrez en primer plano
El veredicto fue firmado por el juez Pedro Alejandro Gutiérrez, quien desplegó solidez técnica y argumental, hizo pie en la investigación llevada adelante por la fiscalía a cargo de Walter Vicente, desmembró las posiciones puntuales de la defensa a cargo de Liliana Paz e incluyó pasajes muy humanos y llamando a la reflexión social sobre el rol del vecino en un accidente de tránsito rescatando el valor de la solidaridad como eje central en la relación de las personas en su convivencia social.
Además, el fallo alertó sobre la posibilidad de la comisión de delitos de acción pública por parte de los efectivos policiales de 30 de Agosto que actuaron en el lugar del incidente y del titular de la comisaría por ese entonces, y conminó a la Municipalidad de Trenque Lauquen a establecer reductores de velocidad, rotondas, una señalización eficiente y operativos de tránsito más habituales en el acceso Padre Dutra, donde ocurrió el hecho fatal, con el objetivo de disminuir el riesgo de siniestros viales. También pidió revisar el protocolo de actuación médica para casos de esta magnitud y plantear una segunda vía de comunicación para contactar al servicio de urgencias, con el objetivo de achicar y mejorar los tiempos de respuesta en hechos donde la vida está en riesgo.
El veredicto consideró que Luis Víctor Aponte conducía la camioneta Ford Ranger color negra que chocó a la moto de Gastón Galeano en la tardecita del 28 de julio de 2017 tras realizar una maniobra imprudente invadiendo el carril contrario y que tras el accidente se dio a la fuga, sin auxiliar a la víctima.
Además, el magistrado planteó que las acciones posteriores desplegadas por Aponte fueron determinantes para establecer su culpabilidad, y dijo que hubiera sido "sencillo explicar los abollones en la camioneta, el cambio del espejo retrovisor y de las cubiertas" entre otras particularidades del vehículo, pero el acusado eligió el silencio, sin declarar en todo el proceso. "El silencio no le alcanzó para franquear la fuerza de las pruebas", sentenció.
El juez Gutiérrez consideró que nada puede compensar la pérdida de un hijo, el aniquilamiento de su vida, y la condena será solo un paliativo hasta alcanzar la cristiana resignación.